jueves, 7 de mayo de 2015

Esquema de acuerdo de pago en conciliación laboral

1) Ratificación
2) Que rechaza la demanda, ya que la modificación notificada no puede dejarse sin efecto. No obstante si la trabajadora no acepta dicha notificación está dispuesto a resolver el contrato al amparo del art. 41.1 y 41.3 del Estatuto de los Trabajadores, para lo que acepta rescindir el contrato e indemnizar a Dª Nikolina en la cantidad de 1.057 euros, equivalente a 20 días de salario por año.
3) Se pacta el pago de la siguiente forma: - Plazo I: 257 euros pagados al suscribir el presente escrito - Plazo II: 200 euros a ingresar antes del 10 de abril - Plazo III: 200 euros a ingresar antes del 10 de mayo - Plazo IV: 200 euros a ingresar antes del 10 de junio - Plazo V : 200 euros a ingresar antes del 10 de julio
4) El impago de cualquiera de los plazos faculta a la actora a la reclamación de la totalidad de la deuda pendiente. Dicha cantidad de la que es deudora la demandada, queda afianzada personalmente por su administrador. D. Francisco.
5) Con el percibo de la cantidad queda extinguida la relación laboral y económica, sin que nada se deban las partes en concepto alguno.
fuente: Fernánez Cuevas Abogados

1 comentario :

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